Desde el 1 de enero de 2024 se han implentado cambios significativos en el ámbito del Impuesto de Envases de Plástico, conforme a lo establecido en el artículo 77, punto 3, de la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
Según la nueva regulación, la acreditación del plástico reciclado, solo podrá establecerse mediante un certificado específico (código 1135 en casilla 44 del DUA) emitido por una entidad acreditada. Además, este certificado debe cumplir con los estándares establecidos en la norma
UNE-EN 15343:2008. “Esta norma certificada puede ayudar a amortiguar el incremento de los costes de producción en el sector plástico para las empresas que pasen a utilizar material reciclado en sus fabricaciones”.
CERTIFICACIÓN SEGÚN UBICACIÓN DEL FABRICANTE DEL ENVASE1. Para envases fabricados en territorio español, las entidades certificadoras deben estar acreditadas por la ENAC.
2. En el caso de envases fabricados en otros estados miembros de la Unión Europea, la acreditación debe provenir del organismo nacional de acreditación designado de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º765/2008.
3. Si los envases son fabricados fuera de la Unión Europea, la certificación puede ser realizada por cualquier acreditador con el cual la ENAC tenga un acuerdo de reconocimiento internacional.
TIPOS DE EMPRESAS:
🔹 Mercado de plásticos reciclados.
🔹 Empresas del sector alimentario (envases),
🔹 Empresas que gestionen productos plásticos (piezas para el sector de la automoción),
🔹 Empresas de reciclado de plástico (PET) y
🔹 Gestores de residuos, entre otros.
Controles que la norma establece en su implantación
🔹 Control del material de entrada.
🔹 Control del proceso de producción de reciclado.
🔹 Características de los plásticos reciclados, con elaboración de una ficha técnica.
🔹 Trazabilidad de los procedimientos.
🔹 Evaluación de la calidad de todo el proceso.
🔹 Cálculo de contenido de reciclado.
Beneficios de la certificación
Reduce:
🔹 El impuesto especial que dicta la legislación.
🔹El impacto medioambiental de la empresa y del ciclo de vida del
producto, promoviendo la transparencia.
Permite:
🔹 Posicionamiento en el mercado respecto a competidores.
🔹 Beneficio de ventajas fiscales previstas en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.
🔹 Aumento de competitividad.
🔹 Fomenta la economía circular.
🔹 Contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 12, 13 y 14.
🔹 Ayuda a cumplir con las regulaciones relacionadas con el reciclado y la protección del medioambiente.
Como consultores en comercio internacional, ¿cómo podemos ayudarte?
FASE I:
1- Recogida de información/datos.
2- Diseño y elaboración del SG- Sistema de Gestión que debe cumplir la empresa con los requisitos de esta norma.
FASE II:
3- Fase de implantación.
4- Formación interna a la empresa.
FASE III:
5- Auditoría interna y,
6- Acompañamiento en la auditoria con el OC – Organismo Certificador.