¿Sabes cuáles son los 4 principales trámites administrativos y fiscales que debes conocer? ROI, EORI, NIF IVA e Intrastat. En Masegosa Consulting te explicamos cuáles son en este post y las diferencias que existen entre cada trámite.
El correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, derivadas de la realización de operaciones de exportación y/o importación más intracomunitarias, requiere de un profundo conocimiento no solo de la legislación aduanera sino de la normativa fiscal también para evitar cometer errores y que estos puedan acabar en sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Operaciones en la UE:
- ROI: Registro de Operadores Intracomunitarios. Este es el primer paso que deben tener en cuenta las empresas o profesionales que quieran realizar operaciones intracomunitarias (expediciones y/o adquisiciones).
- Deben de darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para lo cual deben presentar una declaración censal, utilizando el modelo 036.
- Al obtener el alta, la empresa obtendrá también el NIF - IVA necesario para poder realizar operaciones intracomunitarias y emitir y recibir facturas exentas de IVA.
Operaciones fuera de la UE:
- EORI (Economic Operator Registration and Identification: su fin es incrementar la eficacia de las medidas destinadas a reforzar la seguridad, facilitando el intercambio de información de riesgos.
Es un número de identificación único en el territorio aduanero de la Unión asignado por una autoridad aduanera a un operador económico o a otra persona con el fin de registrarlo a efectos aduaneros.
El número EORI debe tener una longitud máxima de 17 caracteres, los dos primeros corresponden al identificador del Estado miembro que se basan en los códigos ISO alfa 2 (a2), siempre que sean compatibles con los requisitos del Reglamento UE 1106/2012. El resto de caracteres corresponden a Estados miembros.
Como novedad, el Reglamento Delegado recoge expresamente la posibilidad de que las autoridades aduaneras invaliden un número EORI en los siguientes casos:
- Cuando lo solicite la persona registrada.
- Cuando la autoridad aduanera tenga constancia de que la persona registrada ha cesado en las actividades que requieren el registro. Los registros invalidados no podrán eliminarse en tanto no haya transcurrido un plazo de 10 años a contar desde la fecha de expiración o invalidación.
El nºEORI no debe confundirse con el número VIES. Ambos tienen la misma composición pero su finalidad es diferente y serán gestionados de forma independiente.
En relación al número VIES, los operadores económicos que vayan a realizar operaciones comerciales con otros estados miembros de la Unión Europea, bien sean intercambios de bienes o de servicios, deben darse de alta como operadores intracomunitarios, lo cual supone su inscripción en el censo VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA). del Estado o Estados miembros donde realice operaciones (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA).
Es decir, un operador a quien se asigne un número EORI no podrá, por este hecho, realizar operaciones intracomunitarias salvo que esté igualmente dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios.
NIF IVA
El NIF IVA es un número de identificación fiscal para operar dentro de la Unión Europea, dentro del marco de la normativa IVA.
Intrastat
Como consultores en comercio internacional, te explicamos que el Intrastat es un informe estadístico referente al movimiento de mercancías dentro de la Unión Europea tanto de expediciones/ventas como adquisiciones/compras.
Quiénes están obligados a declarar el Intrastat
Todos los sujetos pasivos del IVA, que hayan realizado operaciones intracomunitarias por un valor que alcance el umbral de exención (400.000 €) durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho umbral, lo alcancen a lo largo del año natural en curso.
¿Cuándo finaliza el plazo de presentación de la declaración Intrastat de las operaciones realizadas en un mes?
Finaliza el día 12 del mes siguiente, es decir, las declaraciones de las operaciones de enero se podrán declarar en Intrastat como muy tarde, el 12 de febrero.
En Masegosa Consulting somos expertos en comercio internacional, por lo que si tu empresa realiza operaciones internacionales e intracomunitarias, es importante que tenga en cuenta la información que compartimos en este artículo.
Si necesitas asesoramiento en relación a cualquier apartado, contacta con nosotros.